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Visados de residencia no lucrative

Introducción

Los nacionales de terceros Estados necesitan un visado nacional cuando vayan a permanecer en España durante más de 90 días (en cualquier período de 180 días) con el fin de trabajar, estudiar o establecer su residencia. También necesitan un visado nacional cuando se desplacen para trabajar por un período inferior a 90 días.

Tasas

Estimados Solicitantes, Agentes de Viajes y Representantes, por favor lean atentamente las nuevas tarifas:

Visados Nacionales Tasas en COP
Visados Nacionales para ciudadanos de: Andorra, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Honduras, Japón, Nicaragua, Panamá, Paraguay, San Marino. (Según acuerdos y convenios firmados). Gratuito COP
Visados Nacionales para ciudadanos de terceros países no incluidos en acuerdos o convenios. (Esta tasa se cancela en efectivo el día de la cita) 389,700 COP
"Visados Nacionales para ciudadanos de: Reino Unido (Se aplica reciprocidad en tasas) Consultar tasa el día de la cita" 2'603,200 COP
"Visados Nacionales para ciudadanos de: Etiopía (Se aplica reciprocidad en tasas) Consultar tasa el día de la cita" 2'019,300 COP
"Form 790 Autorizacion Inicial residencia temporal " 47.400 COP
Cargos por servicio de BLS 72,500 COP

Nota:

  • La tarifa de visa mencionada anteriormente debe pagarse solo en efectivo.
  • La tarifa de visa aplicable en dólares estadounidenses es según el tipo de cambio actual. Está sujeto a cambios sin previo aviso.
  • La tarifa no es reembolsable

Por favor ten en cuenta:

  • El cargo por servicio incluye impuestos y es un valor que se paga adicionalmente a la tarifa de la visa.

Lista de Verificación

Residencia No Lucrativa

Nota: Por favor, traer impreso el checklist el dia de su cita. De lo contrario, la puede solicitar en el Centro de Visas por un valor adicional.

Detalles sobre la foto

photo requirement

Advertencia: Sentimos no poder aceptar aquellas fotografías que no se ajusten a los requisitos siguientes

Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 6 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:

  • Tomado contra el fondo blanco de modo que las características sean distinguibles y contraste contra el fondo.
  • Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
  • Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal
  • Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier aditamento que la cubra, salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
  • Ha de estar adherida a la solicitud

Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Si las fotografías presentadas no cumplen con estos requisitos, su solicitud será considerada incompleta. El centro cuenta con una cabina fotográfica (fotomatón) que cumple estos requisitos.